08 Abr Subvenciones destinadas a la adopción de medidas de agroambiente y clima
Beneficiarios.
Los agricultores y ganaderos o agrupaciones de estos. En el caso de beneficiarios colectivos, además de las agrupaciones con personalidad jurídica, también podrán ser beneficiarias las agrupaciones formadas ad hoc, y los cabildos insulares a través de sus áreas de medio ambiente y agricultura. Dichos beneficiarios deberán además cumplir los requisitos exigidos en la Sección 8ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020, aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 186, de 23.9.16).
Objeto.
Apoyar el desarrollo sostenible de las zonas rurales y responder a la demanda creciente por parte de la sociedad de servicios ambientales mediante la promoción de prácticas agrícolas más respetuosas con el medioambiente y el paisaje, contribuyendo así al cumplimiento de los objetivos transversales de medio ambiente y mitigación del cambio climático y su adaptación al mismo.
Más información: BOC Nº 62 del 29/03/2019